Actuaciones
Encuentra las actuaciones de Agricultura
Filtrar
CerrarEl sector del pistacho en Castilla-La Mancha ha tenido un gran crecimiento en los últimos años, con previsiones de un fuerte incremento de la producción, a medida que las plantaciones superen los primeros años improductivos, y con un mercado en expansión. Tenemos un producto de gran calidad, pero no es suficiente para garantizar el futuro del sector, hace falta actuar en muchos frentes distintos, afrontar problemas que se dan o se pueden dar en el cultivo, ajustando la capacidad de procesado del producto, dimensionando la oferta, informando al consumidor, adaptándolo a la demanda del mercado, innovando. La Consejería, ha recogido las inquietudes del sector y ha trabajado con la consultoría de Cooperativas Agroalimentarias en la elaboración del Plan Estratégico del Pistacho de Catilla-La Mancha 2024-2028.
El Plan Estratégico comienza con un análisis de la situación actual del sector, examinando las principales dificultades y problemas a los que se enfrenta, pero también sus fortalezas y las oportunidades que tiene por delante. Partiendo de este análisis, se definen las principales líneas de actuación a seguir para tener un sector fuerte y bien estructurado, que garantice su futuro a largo plazo.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural está tramitando el Proyecto de Decreto por el que se regula el procedimiento de actuación en relación con el cumplimiento del pliego de condiciones de la denominación de origen Valdepeñas.
Este proyecto de Decreto tiene como objeto regular el procedimiento de actuación en relación con el cumplimiento del pliego de condiciones de los vinos de la denominación de origen protegida Valdepeñas, asegurando la entrega de contraetiquetas o precintas que forman parte del etiquetado.
En Castilla-La Mancha el sistema de certificación aplicable a los vinos con denominación de origen protegida es realizado por organismos de certificación autorizados por la Consejería competente en materia agroalimentaria, de conformidad con el Decreto 9/2007, de 6 de febrero de autorización de las entidades de control de productos agroalimentarios en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de creación del Registro de las mismas. En tal sentido, la Orden de 19/01/2010, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se establece el régimen general de control de los vinos con denominación de origen protegida y de la certificación de la denominación de origen de los mismos resulta de aplicación, debiendo puntualizarse únicamente determinadas obligaciones de los operadores, las normas relativas al proceso de expedición y entrega de contraetiquetas o precintas, el contenido mínimo de dichos elementos para los vinos envasados y etiquetados, así como el régimen sancionador que resultaría de aplicación en casos de incumplimientos.
De conformidad con el artículo 12 de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, se publican las memorias e informes que conforman los expedientes de elaboración de los textos normativos. En esta página se puede consultar el estado de tramitación del proyecto normativo, así como los documentos que lo configuran.
La propuesta normativa tiene por objetivo la adecuación a la normativa comunitaria de la Política Agraria Común (PAC) 2023-2027. El artículo 124 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (PEPAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013, dispone que cada Estado miembro deberá crear un comité encargado del seguimiento de la ejecución del PEPAC que garantizará una representación equilibrada de las autoridades públicas, los interlocutores económicos y sociales, incluidos los representantes del sector agrario, y los organismos pertinentes que representen a la sociedad civil.
Este reglamento, además, dispone que cuando se establezcan elementos del PEPAC a nivel regional se crearán Comités de seguimiento regionales para supervisar la aplicación de los elementos regionales del PEPAC y facilitar información al respecto al Comité de seguimiento nacional. Por tanto, ha sido necesaria la aprobación de este decreto en el que se regula la composición, las funciones y el régimen de organización y funcionamiento del Comité regional de seguimiento del PEPAC en Castilla-La Mancha.
La propuesta normativa consiste en modificar y mejorar los requisitos para el reconocimiento de Entidades Asociativas Prioritarias de Interés Regional (EAPIR) de Castilla-La Mancha. La figura de la EAPIR es un instrumento que permite una mejora de la concentración y ordenación de la oferta, una optimización de recursos humanos y económicos en la producción y/o transformación de los productos agrarios y, en definitiva, una mejora de la competitividad del conjunto de la cadena de valor. Es por lo anterior que el objetivo prioritario al que deben dirigir sus esfuerzos las figuras asociativas es a la mejora de la dimensión empresarial mediante la participación en procesos de integración.
Actualmente, existen sectores en los que no está reconocida ninguna EAPIR y, por tanto, ha sido necesaria la revisión de algunos requisitos para obtener tal reconocimiento. Principalmente, se ha modificado los valores de facturación mínimos por producto y el valor de facturación mínimo necesario en el caso de integraciones verticales.
La Ley 16/2021, de 14 de diciembre, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria modificó la redacción del artículo 24 bis de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, siendo actualmente la redacción vigente:
Artículo 24 bis. Publicidad de las resoluciones sancionadoras en materia de contratación alimentaria.
1. La Administración pública competente para la imposición de las sanciones publicará, con carácter trimestral, las sanciones impuestas por infracciones graves y muy graves en materia de contratación alimentaria que hayan adquirido firmeza en vía administrativa o, en caso de haberse interpuesto recurso contencioso-administrativo, en vía judicial. En la publicidad de las mismas se incluirá la identificación del infractor, la sanción impuesta y la infracción sancionada.
2. La publicidad activa y el acceso a la información pública regulados por el título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como las obligaciones de publicidad activa establecidas por la legislación autonómica, se someterán, cuando la información contenga datos personales, a lo dispuesto en los artículos 5.3 y 15 de la referida ley, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.”
De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar funcionamiento de la cadena alimentaria, corresponde a la Comunidad autónoma la competencia sancionadora en los supuestos previstos en dicho precepto, pudiendo imponer las sanciones previstas en el artículo 24 de la citada ley.
En cumplimiento de esta obligación, a continuación, se da publicidad de forma trimestral a las sanciones impuestas por la Dirección General de Alimentación, con expresa indicación del infractor, la sanción impuesta y la infracción sancionada.
El Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) dispone que los estados miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo, adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
En cumplimiento de este mandato y, más concretamente, de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su condición de entidad ejecutora dentro del PRTR, ha elaborado, el Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, aprobado por el Consejo de Gobierno con fecha 8 de febrero de 2022. El contenido de este documento es de aplicación a todos los órganos directivos, unidades y personas intervinientes en la gestión y control de los subproyectos y actuaciones aprobados en el ámbito autonómico dentro de los distintos Componentes y Medidas del PRTR; y en el mismo se expone su estrategia de integridad pública y medidas de lucha contra el fraude.
La citada Orden HFP/1030/2021 y, en su cumplimiento, el apartado 4 del también citado Plan de Medidas Antifraude de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, obligan a los Órganos Gestores, que en el caso de las Comunidades Autónomas son las Secretarías Generales de cada Consejería, a realizar una evaluación específica del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo de fraude, en el ámbito de gestión de los Órganos Ejecutores que se encuentren bajo su competencia, y a difundir y velar porque se apliquen todas las medidas específicas de prevención, detección, corrección y persecución en el marco de la ejecución de los subproyectos y actuaciones financiadas con fondos MRR. Estas medidas específicas son las que se recogen en el Plan Específico de Medidas Antifraude de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, aprobado por la Secretaría General de la citada Consejería. Su objeto es concretar en su ámbito de gestión las principales acciones que deben adoptarse para evitar el mal uso o el fraude en los recursos financieros del PRTR. Este plan específico será de aplicación exclusivamente a las actuaciones que lleve a cabo la Consejería para la ejecución de los fondos del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, dentro de sus competencias y el mismo se configura como un instrumento vivo y flexible, en la medida en que se podrá ir modificando conforme puedan dictarse instrucciones, normativa o guías para la elaboración de estos planes de medidas antifraude, y estará en continua revisión con el conocimiento adquirido en su implementación para perfeccionar las actuaciones planteadas en la lucha contra el fraude.
Con el Decreto 71/2020, de 9 de noviembre, por el que se regula en Castilla-La Mancha la venta directa de productos ligados a la explotación agraria, se pretende establecer las condiciones para que se desarrolle la venta directa de productos agrarios, con el fin de apoyar y promover las cadenas de suministro de alimentos gestionadas por las personas dedicadas a la agricultura y la ganadería.
De esta forma, se quiere conseguir una relación más directa entre las personas que producen y las que consumen, estableciendo canales cortos de comercialización y mejorando la renta de las personas que se dedican a la producción primaria.
El Registro de Explotaciones de Venta Directa es un registro administrativo de carácter público y único, con el fin de inscribir los datos correspondientes a las explotaciones que realizan venta directa de sus productos ofreciendo, al mismo tiempo, a quienes consumen la garantía de la información que contiene.
ACCESO A LOS DATOS DEL REGISTRO DE VENTA DIRECTA
https://registroventadirecta.castillalamancha.es/
CONTACTO
C/ Pintor Matías Moreno, 4
45071 Toledo
Email: Venta_directa_CLM@jccm.es
Teléfono: 925286019
El 21 de septiembre de 2021, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, se aprobó el decreto de creación del Observatorio de Precios de la cadena agroalimentaria de la región.
El Observatorio de Precios se configura como un órgano colegiado de naturaleza administrativa, con funciones de seguimiento, consulta, asesoramiento, información y estudio en materia de precios de la cadena agroalimentaria.
En el mismo están representados, además de la Administración, todos los eslabones del sector agroalimentario, así como las lonjas existentes en Castilla-La Mancha y la Universidad de Castilla-La Mancha.
Este Observatorio de Precios tiene como objetivo principal dotar de mayor transparencia al sector agroalimentario de la región, favoreciendo el conocimiento de los factores que contribuyen a la formación de los precios de sus sectores representativos, servirá de apoyo a la toma de decisiones en el desarrollo de las políticas relativas a la cadena agroalimentaria en Castilla-La Mancha y realizará actuaciones de investigación y documentación, así como el establecimiento de un sistema de información que permita el adecuado conocimiento, análisis técnico, seguimiento y evolución de los precios en la cadena agroalimentaria.
El Observatorio de Precios desempeñará las siguientes funciones:
a) Analizar la estructura básica de los precios y los factores causantes de su evolución, así como de los costes de producción en los productos agrarios de mayor importancia en el sector productivo de Castilla-La Mancha
b) Realizar estudios e investigaciones que permitan un mejor conocimiento de los diversos factores que contribuyen a la formación de los precios de la cadena agroalimentaria.
c) Realizar estudios encaminados a establecer un seguimiento sistemático de la formación de los precios de los productos agrarios en origen.
d) Actuar como órgano permanente de recogida y análisis de la información disponible en diferentes fuentes locales, autonómicas, nacionales e internacionales sobre precios.
e) Fomentar y promover la mayor racionalidad y transparencia posibles en el proceso de formación de precios de los productos agroalimentarios.
f) Fomentar y promover encuentros entre representantes del sector productor, el transformador, comercializador y las personas consumidoras, entre sí y con la Administración pública, para facilitar el conocimiento del proceso de formación de los precios.
g) Publicar y difundir los materiales que a través de los diferentes estudios e investigaciones se vayan generando.
h) Elaborar informes técnicos y dictámenes en materia de precios de la cadena agroalimentaria.
i) Elaborar un informe anual que se recoja las principales actuaciones del Observatorio de Precios durante un año.
j) Proporcionar y difundir entre la sociedad castellano manchega información sobre precios de la cadena agroalimentaria.
Entre los objetivos de la Política Agrícola Común (PAC) se encuentran los de estabilizar los mercados, garantizar la seguridad de los abastecimientos y asegurar a las personas consumidoras suministros a precios razonables. La concesión de una ayuda comunitaria mediante un programa de consumo de fruta, hortalizas y leche en las escuelas tiene por objeto contribuir a alcanzar esos objetivos. Además, con la aplicación de este programa se pretende incrementar el consumo de fruta entre la población en edad escolar y mejorar el conocimiento de la agricultura y la ganadería por parte del alumnado.
A nivel nacional, el Real Decreto 511/2017, de 22 de mayo, modificado por el Real Decreto 452/2019, de 19 de julio, desarrolla la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea en relación con el programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche.
El programa abarca el período 2017-2023 basado en la “Estrategia española para la aplicación del programa escolar de frutas, hortalizas y leche desde el curso escolar 2017/2018 hasta el 2022/2023”.
En Castilla-La Mancha, la implantación y desarrollo del programa se realiza de forma coordinada entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural y la Consejería de Sanidad.
Se han desarrollado los siguientes programas:
- Programa de consumo de frutas, hortalizas y leche curso 2017/2018
- Programa de consumo de frutas, hortalizas y leche curso 2018/2019
- Programa de consumo de frutas, hortalizas y leche curso 2019/2020
- Programa de consumo de frutas, hortalizas y leche curso 2020/2021
- Programa de consumo de frutas, hortalizas y leche curso 2021/2022
CONTACTO
Servicio de Ordenación Alimentaria
C/ Pintor Matías Moreno, 4
45071 Toledo
Email: promocion.alimentaria@jccm.es
Teléfono: 925265593
Las cámaras agrarias se han configurado históricamente, y casi desde su inicio, como entidades creadas por el poder público para la consecución de fines de interés general, asumiendo, en fase temprana de su historia, el carácter de corporaciones de Derecho Público que mantendrán hasta la actualidad.
23/1986, de 24 de diciembre, por la que se establecen las bases del régimen jurídico de las Cámaras Agrarias, cuyo artículo 6 exigía expresamente que en cada provincia existiera una Cámara Agraria con ese ámbito territorial, a pesar de que esta norma en su artículo 5 prohibía que las cámaras agrarias asumiesen funciones de representación, reivindicación y negociación en defensa de intereses `profesionales y socioeconómicos de los agricultores y ganaderos, cuestiones que corresponden a las organizaciones profesionales constituidas libremente.
No obstante, mediante la Ley 18/2005, de 30 de septiembre, por la que se deroga la Ley 23/1986, de 24 de diciembre, se establecen las bases del régimen jurídico de las Cámaras Agrarias, desapareciendo de nuestro ordenamiento jurídico la exigencia de que en cada provincia española exista una cámara agraria provincial, facultando a las comunidades autónomas que hayan asumido competencias en la materia a suprimir, si lo consideran pertinente, las cámaras agrarias existentes en su territorio. Extremo éste que han llevado a cabo ya varias comunidades autónomas del Estado.
Es, por tanto, uno de los objetos de la norma declarar extinguidas las cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha, regular el procedimiento de liquidación de su patrimonio y el destino del mismo, integrándose en el patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y adscribiéndose a la Consejería que ostente competencias en materia agraria para su aplicación a fines y servicios de interés general agrario del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, incluyendo entre tales beneficios los de desarrollo rural, en cumplimiento de la disposición adicional única de la citada Ley 18/2005, de 30 de septiembre, que estable que el patrimonio de las extintas Cámaras Agrarias se ha de destinar a fines y servicios de interés general agrario.
Ha de destacarse que la norma no se agota con la culminación del proceso de liquidación ya que prevé la posibilidad de que con posterioridad a este proceso aparecieren bienes, derechos u obligaciones de que hubieren sido titulares las corporaciones extintas, determinando que se aplicará a los mismos el procedimiento de liquidación y adscripción recogido en la presente ley.
Por otra parte, se ha puesto de manifiesto durante la tramitación del anteproyecto de extinción de las Cámaras Agrarias provinciales la necesidad de introducir también el régimen jurídico para dejar sin efecto otras tutelas administrativas contempladas en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, texto aprobado por Decreto 118/1973, de 12 de enero, que tienen su origen en la política de colonización llevada a cabo tanto por el Instituto Nacional de Colonización como posteriormente por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario,( IRYDA) en aquellos territorios más desfavorecidos y que incluyó, entre sus objetivos, por un lado la creación de huertos familiares destinados al cultivo de productos hortícolas para su consumo directo por las familias campesinas. Y, por otro lado, la creación de las explotaciones agrarias familiares o comunitarias a las que se refieren los artículos 21 y siguientes del Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
“Meat Attraction” es una feria del sector cárnico, que se celebra anualmente en Madrid. Teniendo en cuenta que la industria cárnica es uno de los principales sectores productores y exportadores de nuestro país, Meat Attraction es la feria que da respuesta a las necesidades específicas de los profesionales del sector cárnico, tratándose de un encuentro especializado donde las empresas cárnicas presentan sus productos a la distribución y al sector Horeca nacional e internacional, junto con proveedores de equipamiento y soluciones específicas para el sector.
El subsector cárnico es, por cifra de negocio, el más importante en porcentaje, y el que más empleo genera, de toda la industria agroalimentaria de Castilla-La Mancha. Además, también es el que más materias primas demanda para poder llevar a cabo su actividad y el subsector al que corresponde mayor volumen de ventas de la Comunidad Autónoma. Por ello, es preciso fomentar la participación de las empresas cárnicas de nuestra región a este evento internacional.
Con el fin de promover la participación de las empresas de Castilla-La Mancha en esta feria, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural convoca anualmente ayudas para participar en ella, en virtud de Orden de 27 de febrero de 2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de mínimis, de ayudas en especie para la participación agrupada en el stand que contratará la Consejería de Agricultura para la asistencia a las ferias del sector agroalimentario.
CONTACTO
Servicio de Ordenación Alimentaria
C/ Pintor Matías Moreno, 4
45071 Toledo
Email: promocion.alimentaria@jccm.es
Teléfono: 925265593
Paginación