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El Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha, aprobado por Decisión de la Comisión Europea C(2008) 3832, de 16 de julio de 2008, es el documento programático en el que se recogen todas las actuaciones cofinanciadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) que, en materia de desarrollo rural, se van a llevar a cabo en Castilla-La Mancha en el periodo 2007-2013. Posteriormente, el programa ha sido modificado mediante la Decisión C(2010) 1229, de 8 de marzo de 2010, la Decisión C(2010) 7656, de 5 de noviembre de 2010 y la Decisión C(2012) 9505, de 11 de diciembre de 2012.
En la elaboración de este Programa se han seguido las directrices establecidas por:
· Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) · Decisión del Consejo 2006/144/CE de 20 de febrero de 2006 sobre las directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural para el periodo de programación 2007-2013 · Reglamento (CE) nº 1320/2006 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2006, por el que se establecen normas para la transición a la ayuda al desarrollo rural establecida en el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo · Reglamento (CE) nº 1974/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) · Plan Estratégico Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013 · Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013 En el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha se hace, en primer lugar, un análisis general de la situación actual en cuanto a las características climatológicas, orográficas e hidrológicas de la región, el contexto socioeconómico, la situación medioambiental de la región y un análisis más específico centrado en las características del medio rural castellanomanchego, poniendo de relieve las debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades que se presentan en el ámbito rural. En base a este análisis se elabora una estrategia sobre la que se fundamenta la elección de las medidas de desarrollo rural a aplicar en la Comunidad Autónoma, de entre el abanico de medidas posibles que ofrece el Reglamento (CE) nº 1698/2005. Estas medidas se estructuran en torno a cuatro ejes, tres de los cuales se corresponden con los objetivos establecidos en el Reglamento (CE) nº 1698/2005, más un cuarto eje correspondiente al enfoque LEADER, que también contribuirá a la consecución de esos objetivos: · Eje 1: Aumento de la competitividad del sector agrícola y forestal En este eje se incluyen medidas destinadas a fomentar el conocimiento y mejorar el potencial humano, medidas de reestructuración y desarrollo del potencial físico y de fomento de la innovación y medidas destinadas a mejorar la calidad de la producción y de los productos agrícolas. · Eje 2: Mejora del medio ambiente y del entorno rural Este eje comprende medidas destinadas a la utilización sostenible de las tierras agrícolas y forestales. · Eje 3: Mejora de la calidad de vida en las zonas rurales y fomento de la diversificación de la actividad económica En este eje se contemplan medidas destinadas a fomentar la capacitación, la adquisición de cualificaciones y la organización, con miras a la implementación de estrategias locales, y medidas cuyo objetivo es conseguir que las zonas rurales sigan siendo atractivas para las generaciones futuras. · Eje 4: LEADER En este eje se incluyen medidas que contribuyen a la consecución de los objetivos del eje 3, pero aplicadas bajo enfoque LEADER, es decir, que consisten en estrategias de desarrollo local basadas en las necesidades y características locales, diseñadas para territorios claramente delimitados y que se aplican a través de los grupos de desarrollo rural, que agrupan a representantes de los sectores público y privado. Ejes y medidas de desarrollo rural
EJE 1 Medida 111: Acciones relativas a la información y la formación profesional Submedida 111.1: Actividades formativas dirigidas a los profesionales del sector agroalimentario y del mundo rural Submedida 111.2: Información y divulgación de conocimientos sobre fauna y flora silvestre y su aprovechamiento sostenible Medida 112: Instalación de jóvenes agricultores Medida 113: Jubilación anticipada de los agricultores y trabajadores agrícolas Medida 114: Utilización de servicios de asesoramiento Submedida 114.1: Utilización de servicios de asesoramiento a las explotaciones agrícolas Submedida 114.2: Utilización de servicios de asesoramiento para la gestión forestal sostenible Medida 115: Implantación de servicios de asesoramiento a las explotaciones agrícolas y forestales Submedida 115.1: Implantación de servicios de asesoramiento Submedida 115.2: Implantación de servicios de asesoramiento en materia de gestión del agua Medida 121: Modernización de las explotaciones agrícolas Submedida 121.1: Planes de mejora de explotaciones agrícolas Submedida 121.2: Fomento y desarrollo de los sectores ganaderos Submedida 121.3: Inversiones en explotaciones intensivas Submedida 121.4: Producción de cultivos para la obtención de biomasa Medida 123: Aumento del valor añadido de los productos agrícolas y forestales Medida 124: Cooperación para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en el sector agrícola y alimentario y en el sector forestal Medida 125: Infraestructuras relacionadas con la evolución y adaptación de la agricultura y la silvicultura Submedida 125.1: Infraestructuras de gestión de recursos hídricos Submedida 125.2: Otras infraestructuras agrarias Submedida 125.3: Optimización de la gestión de los recursos hídricos Submedida 125.4: Infraestructuras ganaderas Medida 126: Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por catástrofes naturales y la implantación de medidas preventivas adecuadas Medida 132: Participación de los agricultores en programas relativos a la calidad de los alimentos Medida 133: Apoyo a las agrupaciones de productores en actividades de información y promoción
EJE 2
Medida 211: Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en las zonas de montaña
Medida 212: Ayudas destinadas a indemnizar a los agricultores por las dificultades naturales en las zonas distintas de las de montaña
Medida 214: Ayudas agroambientales
Submedida 214.1: Agrosistemas extensivos de secano
Submedida 214.2: Apicultura para la mejora de la biodiversidad en zonas naturales
Submedida 214.3: Ganadería ecológica
Submedida 214.4: Agricultura ecológica
Submedida 214.5: Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción
Submedida 214.6: Conservación de la dehesa de Castilla-La Mancha
Submedida 214.7: Regulación del pastoreo en Espacios Naturales Protegidos
Submedida 214.8: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en franjas perilagunares
Submedida 214.9: Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en el entorno de cauces fluviales
Submedida 214.10: Apoyo a la recuperación de especies amenazadas mediante la creación de caballones
Submedida 214.11: Lucha contra la erosión en cultivos leñosos
Submedida 214.12: Integración medioambiental del cultivo de viñedo de secano
Submedida 214.13: Ayuda agroambiental para el incremento de la extensificación mediante el fomento de prácticas de pastoreo en las explotaciones de ovino-caprino
Submedida 214.14: Prácticas agroambientales en el cultivo del girasol de secano
Medida 221: Primera forestación de tierras agrícolas
Medida 226: Ayudas a la recuperación del potencial forestal e implantación de medidas preventivas
Submedida 226.1: Lucha contra incendios
Submedida 226.2: Otras medidas preventivas
Medida 227: Inversiones no productivas
Submedida 227.1: Inversiones no productivas en terrenos forestales dentro de la Red Natura 2000
Submedida 227.2: Inversiones no productivas en terrenos forestales fuera de la Red Natura 2000
EJE 3
Medida 311: Diversificación hacia actividades no agrícolas
Medida 312: Ayudas a la creación y desarrollo de microempresas
Medida 313: Fomento de actividades turísticas
Medida 321: Servicios básicos para la economía y la población rural
Medida 322: Renovación y desarrollo de poblaciones rurales
Medida 323: Conservación y mejora del patrimonio rural
Medida 331: Formación e información
Medida 341: Adquisición de capacidades, promoción y aplicación de estrategias de desarrollo local
EJE 4
Medida 413: Aplicación de estrategia de desarrollo local. Calidad de vida/diversificación
Medida 42: Ejecución de proyectos de cooperación
Medida 43: Funcionamiento del grupo de acción local, adquisición de capacidades y promoción territorial
Web de interés:
Web Comisión Europea sobre Política de Desarrollo Rural 2007-2013
Un programa operativo es un instrumento del sector de frutas y hortalizas recogido en la Organización Común de mercados única (OCM), con el que se pretende dotar a las Organizaciones de Productores de frutas y horatlizas (OPFH) de un elemento a través del cual poder plantear distintas actuaciones que permitan alcanzar, a nivel particular y global, los objetivos de la OCM.
Un programa operativo se configura como un conjunto estructurado de medidas, que en función de una situación inicial plantea inversiones durante un periodo de tres a cinco años.
Los programas operativos se dotan económicamente mediante la constitución anual de un fondo financiero denominado Fondo Operativo, que se debe destinar en exclusiva a financiar el contenido de los programas operativos.
Este fondo Operativo se nutre de las contribuciones de los socios o de la propia organización de productores y de una ayuda financiera procedente de fondos comunitarios. Al objeto de orientar hacia perspectivas de futuro los recursos públicos, la normativa establece las condiciones en las que podrán ser utilizados estos recursos.
Según lo anterior, el total de la ayuda financiera se calcula aplicando a cada medida del Programa Operativo el porcentaje máximo de ayuda que le corresponda.
En general, la ayuda financiera comunitaria, se limita al 50% del importe del Fondo Operativo o de los gastos reales efectuados.
Por otra parte, la ayuda financiera comunitaria tiene un límite máximo del 4,1% del Valor de la Producción Comercializada (VPC) de la organización de productores. Este porcentaje puede elevarse hasta el 4,6 siempre y cuando el importe que supere el 4,1% de la VPC se utilice únicamente para medidas de prevención y gestión de crisis.
Cuadros estadísticos por provincias, totales regionales y nacionales.
La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural subdivide este Programa en:
- Cifras sobre cultivos.
- Superficies de cultivo y Datos sobre Ganadería, en los últimos diez años, por provincias, total regional y total nacional.
- Datos sobre Ganadería.
- Cifras Generales
Los programas nacionales constituyen una herramienta fundamental para el control y vigilancia de las principales enfermedades que afectan a la cabaña ganadera, tanto nacional como regional, siendo el objetivo último de estos planes su erradicación.
- Tuberculosis
- Programa nacional de erradicación de tuberculosis bovina presentado por España para el año 2015-2016
- Brucelosis bovina
- Brucelosis ovina-caprina
- Encefalopatías espongiformes transmisibles
- Lengua azul
- Salmonelosis
- Aujeszky
- Actuaciones Veterinarias
Las Sociedades Agrarias de Transformación, en adelante S.A.T., son sociedades civiles de finalidad económico-social en orden a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, la realización de mejoras en el medio rural, promoción y desarrollo agrarios y la prestación de servicios comunes que sirvan a aquella finalidad.
Las S.A.T. adquieren personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar con su inscripción en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación.
El Registro de S.A.T. tiene naturaleza administrativa y carácter constitutivo, territorial y único. Tendrá como finalidad, la inscripción de las Sociedades Agrarias de Transformación del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, así como la calificación, inscripción y certificación de sus actos, cuando así lo establezca la normativa vigente.
ACCESO A LOS DATOS DEL REGISTRO DE SOCIEDADES AGRARIAS DE TRANSFORMACIÓN
La relación de S.A.T. inscritas, que no hayan causado baja por disolución, cancelación, transformación en otro tipo de sociedad o traslado fuera del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, se ofrece en el Portal de transparencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, disponible a través del siguiente enlace:
CONTACTO EN LAS DELEGACIONES PROVINCIALES:
Albacete
C/ Tesifonte Gallego, 1
Teléfono: 967 55 85 00
email: registro_sat_ab@jccm.es
Ciudad Real
C/ Alarcos, 21
Teléfono: 926 27 95 00
email: registro_sat_cr@jccm.es
Cuenca
C/ Colón, 2
Teléfono: 969 17 83 00
email: registro_sat_cu@jccm.es
Guadalajara
Avda. del Ejército, 15
Teléfono: 949 88 53 00
email: registro_sat_gu@jccm.es
Toledo
C/ Ocaña, s/n
Teléfono: 925 26 68 00
email: registro_sat_to@jccm.es
Plan de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2007-2013
Ayudas destinadas a contribuir a la implantación y desarrollo de unos sistemas agrícolas y ganaderos compatibles con la protección y mejora del medio ambiente, el paisaje y sus características, los recursos naturales, el suelo y la diversidad genética.
El objetivo global de estas medidas es contribuir a conseguir unos sistemas agrícolas bien concebidos y gestionados de manera adaptativa de forma que la agricultura, ganadería y medio ambiente funcionen en simbiosis.
Para esta gestión adecuada de los recursos naturales, el suelo y el agua, y una mayor eficiencia energética del sistema, beneficiando en conjunto a la biodiversidad es imprescindible la colaboración de los agricultores y ganaderos y, con el fin de compensar los costes adicionales que la adopción de nuevas prácticas y técnicas más respetuosos con el medio ambiente se han diseñado las siguientes medidas agroambientales:
– 214.1. Agrosistemas extensivos de secano
– 214.2. Apicultura para mejora la biodiversidad en zonas naturales
– 214.3. Ganadería Ecológica
– 214.4. Agricultura Ecológica
– 214.5. Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción
– 214.6. Conservación de la dehesa de Castilla-La Mancha
– 214.7. Regulación del pastoreo en Espacios Naturales Protegidos
– 214.8. Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en franjas perilagunares
– 214.9. Mantenimiento de la biodiversidad y el paisaje en el entorno de cauces fluviales.
– 214.10. Apoyo a la recuperación de especies amenazadas mediante la creación de caballones
– 214.11. Lucha contra la erosión en cultivos leñosos
– 214.12. Integración medioambiental del cultivo de viñedo de secano
– 214.13. Ayuda agroambiental para el incremento de la extensificación mediante el fomento de prácticas de pastoreo en las explotaciones de ovino-caprino.
– 214.14. Prácticas agroambientales en el cultivo del girasol de secano
Estas medidas están encuadradas dentro del Plan de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2007 a 2013 y, en principio, los compromisos que se adquieren deben ser mantenidos durante 5 años.
Todas las medidas tienen una serie de requisitos generales, común a todas, así como una serie de compromisos o requisitos particulares que dependerá de cada una.
También es posible solicitar varias medias ya que las incompatibilidades entre ellas son a nivel de parcela y no de beneficiarios.
El proceso de solicitud es a la vez que la SOLICITUD UNIFICADA del 1 de febrero al 30 de abril de cada año.
El Programa RIA incluye la gestión del Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha, en la que se integran todas las industrias que realizan una actividad agroalimentaria transformando materias primas en productos finales producidos en la región. El Registro debe mantenerse actualizado con el fin de servir como base para el cálculo de estadísticas regionales sobre el tejido agroindustrial y para el análisis de la situación, evolución y perspectivas de futuro del sector.
Los destinatarios de dicho programa serán las industrias agroalimentarias radicadas en Castilla-La Mancha en activo.
Las ayudas para fomentar la forestación de tierras agrícolas, que se desarrollan en Castilla- La Mancha desde hace 18 años, han demostrado ser una herramienta eficaz para la mejora ambiental de la región, tanto a medio como a largo plazo.
Esta medida supone una alternativa válida para incrementar la superficie forestal de la región, frenando la degradación del terreno, promoviendo su reutilización forestal, así como luchar contra la erosión regulando el régimen hidrológico y contribuyendo a la atenuación del cambio climático, gracias al efecto como sumidero de carbono de las masas forestales. Otros objetivos que se pretenden conseguir es la diversificación de la actividad agraria, así como las fuentes de renta y empleo en zonas rurales.
Todas las actuaciones se enmarcan en el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que debe suponer un nuevo impulso a diversas actuaciones de carácter medioambiental en el entorno rural.
Normativa aplicable:
Estas subvenciones se regulan por las siguientes órdenes:
- Orden de 15/05/2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas. (Ver "Descargas")
- Orden de 29/01/2009, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas. (Ver "Descargas")
- Orden de 22/02/2010, de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden de 15/05/2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas. (Ver "Descargas")
- Orden de 20/10/2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se regula la tramitación para hacer efectiva la cesión de los derechos de cobro de subvenciones cuyo pago compete al Organismo pagador de Castilla-La Mancha. (Ver "Descargas")
- Orden de 15/02/2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se establece el modelo de solicitud unificada y su plazo de presentación. (Ver "Descargas")
Destinatarios:
Personas físicas y jurídicas que sean titulares de derechos reales de propiedad, posesión o usufructo, sobre las tierras agrícolas susceptibles de forestación.
Para las plantaciones con frondosas micorrizadas, el titular deberá pertenecer a una asociación de truficultores oficialmente reconocida.
Requisitos exigidos:
No podrán acogerse a estas ayudas:
- Aquellas personas que sean beneficiarias de la ayuda a la jubilación anticipada establecida en el
Reglamento (CE) 1698/2005, de 20 de septiembre.
- Personas, tanto físicas como jurídicas, que estén incursas en las prohibiciones para obtener la condición de
beneficiario previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Importe:
La intensidad de la ayuda para las Entidades de Derecho Público, sus asociaciones y las sociedades participadas en al menos un 50% por aquéllas, referida a los costes de implantación, será como máximo del 100% de los costes subvencionables.
Esta intensidad de la ayuda para las personas físicas y jurídicas de derecho privado se limitará a un máximo del 70% de los costes subvencionables de implantación, pudiendo alcanzar el 80% en las zonas perceptoras de las ayudas establecidas en el Reglamento (CE) 1698/2005, de 20 de septiembre.
Los importes máximos de las ayudas por costes de mantenimiento y prima compensatoria serán los reflejados en el anexo II de la Orden de 22/02/2010.
En aquellos casos en que se apruebe la forestación mediante el sistema de siembra, el importe máximo de los costes subvencionables de implantación se fija en el 40% de los reflejados en el anexo II de la Orden de 22/02/2010.
Documentación a aportar:
1. Solicitud inicial de ayudas
Las solicitudes iniciales de participación en el régimen de ayudas a la primera forestación de tierras agrícolas presentadas se ajustarán al modelo oficial establecido como anexo V de la Orden de 29/01/2009. Sin perjuicio de la documentación complementaria que se pueda requerir con posterioridad, se deberá presentar la documentación que se relaciona en el artículo 18 de la Orden de 15-05-2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las ayudas para fomentar la primera forestación de tierras agrícolas.
2. Costes de mantenimiento
Para percibir el pago de los costes de mantenimiento, los beneficiarios deberán requerir los mismos de acuerdo con la solicitud que figura como anexo I de la Orden de 15/02/2012, declarando en la misma las labores realizadas y su fecha de ejecución.
3. Prima compensatoria
El abono de la prima compensatoria se solicitará conforme con el modelo establecido en el anexo I de la Orden de 15/02/2012, excepto en el caso de la primera prima compensatoria asociada a los costes de implantación que se solicitará conjuntamente con éstos.
Información adicional:
En todos los casos, el compromiso del beneficiario tendrá una duración de 15 años, pudiendo concederse las siguientes ayudas:
- Ayudas a la implantación.
Esta ayuda a la implantación puede comprender:
a) Ayuda a la plantación.
b) Ayuda por obra complementaria a la plantación, cuando sea imprescindible para el buen fin de la misma y
siempre que se realice dentro del perímetro de la superficie objeto de la forestación. Comprende
cerramientos contra el ganado y determinadas especies cinegéticas.
- Costes de mantenimiento.
Ayuda anual por hectárea de tierra agrícola que haya sido forestada en la que sólo se incluirán los cuidados
culturales posteriores a la plantación, que se consideran necesarios para el normal desarrollo de las plantas.
Se podrá conceder durante un periodo máximo de cinco años contados a parir del siguiente en que se
certifique por la Administración la correcta ejecución de la forestación.
- Prima compensatoria.
Prima anual por hectárea forestada destinada a compensar a los beneficiarios la pérdida de ingresos,
derivada de la forestación de las tierras antes dedicadas a la agricultura, durante un periodo máximo de
quince años a partir del momento en que se certifique por la Administración la correcta ejecución de la
forestación.
Plazo de presentación de solicitudes:
- SOLICITUD INICIAL DE AYUDAS: desde el 1 de febrero al 30 de abril.
- SOLICITUDES DE COSTES DE MANTENIMIENTO Y DE PRIMA COMPENSATORIA: Ambas solicitudes se presentarán anualmente desde el 1 de febrero al 30 de abril de acuerdo con el plazo establecido para la solicitud unificada de ayudas en el marco de la política agrícola común.
Plazo de resolución de la solicitud original:
Máximo doce meses contados desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Si en dicho plazo no hubiese recaído resolución sobre la solicitud, ésta se considerará desestimada.
A lo largo del tiempo, el concurso Gran Selección se ha consolidado como un referente de garantía de calidad y es el mejor escaparate para los alimentos de la región. Con estos Premios se reconoce la calidad de los siguientes productos, todos ellos incluidos en programas de calidad diferenciada:
- Vino.
- Queso.
- Aceite de Oliva Virgen Extra.
- Miel.
- Azafrán de La Mancha.
- Jamón Serrano.
- Berenjena de Almagro.
- Melón de La Mancha.
- Ajo Morado de Las Pedroñeras.
- Cordero.
- Carne de Caza.
- Pan de Cruz.
- Mazapán de Toledo.
Se ofrece a consumidores y profesionales de la alimentación la plena seguridad de que en su mesa tendrán lo mejor de los alimentos de Castilla-La Mancha.
El concurso se basa en un sistema de puntuaciones otorgadas por un panel de cata que determina la calidad organoléptica de los productos presentados al concurso, otorgándose los premios a los mejores productos de cada una de las categorías, que serán aquellos que hayan obtenido las puntuaciones más altas en el proceso de cata.
Pueden consultarse los premiados de todas las ediciones en el enlace de interés.
Se establece un régimen específico de subvención directa para la financiación de parte de los gastos derivados de la participación de los agricultores, ganaderos e industrias agroalimentarias en los programas de calidad de los productos agroalimentarios. Así mismo, también se financia parte de los gastos de las acciones de promoción e información de estos productos agroalimentarios de calidad, realizadas por las agrupaciones de estos productores.
Participación de los agricultores, ganaderos e industrias agroalimentarias en programas relativos a la calidad diferenciada, auxiliándose las siguientes actuaciones:
1º. Los gastos ocasionados por la inscripción y la participación en el programa de calidad diferenciada.
2º. Los gastos de los controles para la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas en dicho programa de calidad.
La cuantía de la ayuda será como máximo del 60 % de los gastos ocasionados.
El límite de la ayuda, incluidos los gastos de inscripción y participación en los programas y los gastos por los controles realizados por las entidades de control autorizadas, el límite será de 600 euros por beneficiario y año.
La cuantía máxima de la ayuda que podrá concederse por beneficiario será de 3.000 €, durante un periodo máximo de 5 años.
Apoyo a las agrupaciones de productores en actividades de información y promoción de productos de calidad en el mercado interior, hasta un máximo del 70% de los gastos subvencionables y a través de las siguientes acciones:
1º. Acciones promocionales y publicitarias genéricas, así como las acciones de información, difusión de los requisitos, conocimiento científico y técnico.
2º. Asistencia a ferias que tengan un evidente interés comercial y ámbito superior al de una Comunidad Autónoma, salvo si se trata de ferias y exposiciones oficiales de Castilla-La Mancha, con arreglo a la Ley de Actividades Feriales de Castilla-La Mancha.
Gastos subvencionables:
Gastos de las acciones publicitarias en los diversos medios de comunicación, así como la elaboración y distribución de material publicitario y divulgativo (cuadernillos, folletos, carteles, catálogos, notas informativas, artículos publicitarios, monolitos,…) y otras acciones de promoción como catas comentadas, degustaciones, presentaciones públicas o acciones promocionales en los puntos de venta, así como el personal externo contratado específicamente para la actividad promocional.
Asimismo será subvencionable el alquiler de espacios de publicidad, la creación de lemas durante el periodo que dure las acciones publicitarias de productos de calidad diferenciada.
Los productos aportados por los miembros de la agrupación empleados en las campañas de promoción podrán ser considerados como gasto de la acción, valorándose a precios de origen.
Gastos de los estudios de evaluación de los resultados obtenidos con las acciones de información y promoción que realicen las organizaciones de productores que participen en un programa de calidad, cuando estén incluidos como parte de la acción de información y promoción.”
Auxiliándose los gastos de alquiler de suelo, de locales, de maquinaria, de equipos, de vehículos y servicios necesarios para el desarrollo de las mismas, entre ellos los gastos de diseño, montaje y desmontaje de stands, elaboración de muestras y objetos publicitarios.
En la asistencia a ferias, en concepto de bolsa de viaje, únicamente se considera gasto subvencionable el precio de la manutención, alojamiento y del billete de ida y vuelta en medios de transporte público, para una persona, hasta el lugar de la celebración. Se podrá sustituir el transporte público por un único medio privado de locomoción. Los gastos de manutención, alojamiento y de utilización de vehículos particulares tendrán el límite establecido en el Decreto 36/2006, de 4 de abril, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
La ayuda total de mínimos concedida al amparo del Reglamento (CE) 1998/2007 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado de las ayudas a mínimos, no será superior a 200.000 € durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Los destinatarios serán:
- En relación con la medida de participación en programas de calidad diferenciada los agricultores, los ganaderos y las industrias agroalimentarias, ya sean personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes o patrimonio separados, titulares de una explotación agraria o industria agroalimentaria radicada en Castilla-La Mancha e inscritos en los registros correspondientes y, en su caso, tener contratados con entidades de control autorizadas, la realización de la certificación o la inspección del cumplimento de las condiciones establecidas en el programa de calidad diferenciada.
- En relación con la medida de actividades de información y promoción de programas de calidad diferenciada: las agrupaciones de productores que tengan comprendido en su fin u objeto social la representación de los agentes que participan en los citados programas.
Son ayudas que cuentan con la cofinanciación del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
El Programa de ayudas FOCAL tiene por objeto ofrecer ayudas a las empresas agroalimentarias que pretenden incrementar su valor añadido a través de inversiones que afecten a la transformación y/o comercialización de los productos incluidos en el Anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea o al desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías relacionados con productos incluidos en el Anexo I del Tratado, excepto productos de la pesca, durante el período 2007 – 2013.
Los destinatarios del programa de ayudas Focal serán personas físicas o jurídicas que transformen y/o comercialicen productos agrícolas en establecimientos radicados en Castilla-La Mancha inscritos o, en el caso de tratarse de nuevas instalaciones, que se inscriban en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables y sean titulares de:
a) Microempresas, pequeñas y medianas empresas.
b) Grandes empresas con menos de 750 empleados o un volumen de negocio anual inferior a 200 millones de euros.
AYUDAS AL FOMENTO DE LA ACUICULTURA EN CASTILLA-LA MANCHA.
La Orden 179/2023, de 13 de octubre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento de la acuicultura en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para el periodo 2021-2027, financiadas por el Fondo Europeo Marítimo de Pesca y Acuicultura (FEMPA).
Los destinatarios de dicha campaña de ayudas para la acuicultura son las personas físicas o jurídicas, que sean titulares de explotaciones acuícolas ubicadas en Castilla-La Mancha, ya sean consideradas microempresas, pequeñas o medianas empresas.
Las acciones para los que pueden solicitarse las ayudas de acuicultura establecidas de acuerdo con la Orden de bases y que sean convocadas a través de las sucesivas resoluciones, son las que se indican a continuación:
- Inversiones productivas en la acuicultura.
- Inversiones orientadas a la diversificación de la producción acuícola y las especies cultivadas.
- Inversiones destinadas a modernizar centros acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad de los trabajadores del sector acuícola.
- Inversiones que permitan introducir mejoras relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los animales silvestres.
- Inversiones que permitan recuperar estanques o lagunas acuícolas existentes mediante la eliminación del lodo, o inversiones para prevenir los depósitos de lodo.
- Inversiones orientadas a diversificar los ingresos de las empresas acuícolas mediante el desarrollo de actividades complementarias.
- Inversiones que reduzcan el impacto negativo en el medio ambiente.
- Inversiones que mejoren la utilización y calidad del agua, en particular disminuyendo la cantidad de agua, productos químicos, antibióticos y otros medicamentos.
- Inversiones que aumenten la calidad del caudal de salida, incluso mediante el desarrollo de sistemas acuícolas multitróficos.
- Inversiones que potencien el uso de sistemas de recirculación de circuito cerrado, reduciendo al mínimo el uso del agua.
- Inversiones orientadas a cumplir requisitos y estándares establecidos para obtener la certificación de producción, consiguiendo una acuicultura más competitiva, sostenible y de calidad.
Las ayudas serán cofinanciadas por la Consejería de Desarrollo Sostenible y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) 2021-2027.
SERVICIO DE ASESORAMIENTO A LA INSTALACIONES DE ACUICULTURA
Desde el año 2018, esta Consejería tiene puesto a disposición de todas las instalaciones de acuicultura de Castilla-La Mancha, un servicio de asesoramiento a través de la empresa pública TRAGSATEC, por el cual se ofrece a estas instalaciones ayuda técnica para asesorar integralmente respecto a cualquier proyecto de mejora para el fomento de una acuicultura sostenible desde el punto de vista medioambiental, eficiente en el uso de los recursos, innovadora, competitiva y basada en el conocimiento, tal y como estableció la Prioridad 2 del reglamento del FEMP, que actualmente se cofinancia este servicio por la Consejería de Desarrollo Sostenible y la Unión Europea a través del FEMPA.
Desde su inicio se lleva prestando servicio a las instalaciones privadas que lo requieren mediante su visita, el análisis de las características específicas de cada instalación y de acuerdo con las expectativas y proyectos planteados por las mismas, se han elaborado informes de asesoramiento donde se diseñan aplicaciones prácticas y sugerencias de mejoras dentro de los objetivos de este servicio.
Estos asesoramientos se acompañan de un seguimiento para facilitar su posible implementación y de la atención a consultas directas relacionadas con la actividad de las instalaciones y las ayudas disponibles para la implementación de mejoras.
Así mismo, se ha colaborado con las cuatro instalaciones acuícolas públicas de la Comunidad Autónoma en distintos proyectos de mejora orientados a la producción de trucha común, ciprínidos autóctonos y cangrejo de río (Austropotamobius pallipes), dentro del objetivo en estos centros de recuperar o reforzar las poblaciones de estas especies acuáticas pescables o amenazadas.
También se están llevando a cabo asistencias para el fomento de la actividad acuícola en la Región a través de la divulgación (Día de la acuicultura) y la formación.
Contacto para solicitar el servicio de asesoramiento: cazapesca@jccm.es
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