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Encuentra las actuaciones de Producción Agroalimentaria y Cooperativas
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CerrarLa medida de inversiones, incluida en el programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español, tiene como objetivo subvencionar los proyectos de transformación y comercialización que mejoren el rendimiento de la empresa vitivinícola.
Las inversiones subvencionables pueden incluir gastos en obra civil, maquinaria y bienes de equipo nuevos y gastos generales tales como honorarios de proyectos, vinculados a las inversiones de que se trate.
Pueden ser beneficiarias, la personas físicas o jurídicas titulares de microempresas y pequeñas y medianas empresas, así como las empresas con menos de 750 empleados o cuyo volumen de negocio sea inferior a 200 millones de euros, que produzcan, comercialicen o realicen ambos procesos respecto a los productos que se describen en el anexo VII, parte II del R (UE) 1308/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, que tengan actividad en el momento de presentación de la solicitud o que la inicien con el proyecto presentado. Asimismo, se pueden acoger a esta medida los titulares que inicien su actividad en el ámbito de la comercialización y se comprometan a que al menos el 80 por ciento de su facturación proceda de la comercialización de los productos mencionados.
CAMPAÑA 2014-2018
Cada año, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 31 de enero del año siguiente.
Las inversiones no podrán comenzar antes de la presentación de la solicitud de ayuda, salvo los gastos señalados en el artículo 5, apartado 5 a) y b) de la Orden de 13/01/2014 de la Consejería de Agricultura.
Los proyectos de inversión podrán ser anuales o plurianuales, se irán realizando según el calendario de ejecución aprobado y en cualquier caso deberán finalizar antes del 30 de abril de 2018.
Entre los mecanismos de regulación de los mercados de algunos productos agrarios, se contempla la posibilidad de poner en marcha, para un cierto periodo de tiempo, ayudas para el almacenamiento privado, a fin de regular el exceso de oferta y estabilizar los precios.
El Reglamento (CE) nº 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) nº 2200/96, (CE) nº 2201/96 y (CE) nº 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas establece, dentro de los programas operativos, acciones de gestión de crisis por parte de las organizaciones de productores entre las que se incluyen, la no cosecha o cosecha en verde o bien las retiradas del mercado de frutas y hortalizas con diversos destinos:
- Distribución gratuita para Organizaciones caritativas autorizadas por la Comunidad autónoma.
- Alimentación animal, previa autorización a los ganaderos para la recepción de frutas y hortalizas retiradas del mercado.
- Biodegradación y compostaje
- Otros destinos.
Declaración de existencias de vinos, mostos de uva, mostos de uva concentrados y mostos de uva concentrados rectificados.
Informe realizado por el Observatorio Español del Mercado del vino sobre las exportaciones de vino de Castilla-La Mancha.
De conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2018/273, de la Comisión, de 11 de diciembre de 2017 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, el registro vitícola, los documentos de acompañamiento, la certificación, el registro de entradas y salidas, las declaraciones obligatorias, las notificaciones y la publicación de la información notificada, y por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los controles y sanciones pertinentes, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 555/2008, (CE) n.o 606/2009 y (CE) n.o 607/2009 de la Comisión y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 436/2009 de la Comisión y el Reglamento Delegado (UE) 2015/560 de la Comisión, cada operación de transporte de productos vitivinícolas efectuada entre viticultores, cosecheros de uva, productores, transformadores, embotelladores o comerciantes, o entre ellos y los minoristas, estará cubierta por un documento de acompañamiento.
En cuanto a los documentos de acompañamiento de los productos vitivinícolas no sometidos a impuestos especiales (código MVV), deben ser informatizados. Para ello, en los transportes que se inicien en el territorio en Castilla-La Mancha, se ha diseñado la aplicación informática denominada GELIBO web, que permite efectuar la presentación de los citados documentos y realiza las comunicaciones a las autoridades competentes de forma automática.
Estas disposiciones están reguladas en la Orden de 128/2021, Orden 128/2021, de 31 de agosto, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las disposiciones de aplicación relativas a los documentos que acompañan al transporte de productos vitivinícolas.
CONTACTO
Albacete: movimientovino-ab@jccm.es
Ciudad Real: movimientovino-cr@jccm.es
Cuenca: movimientovino-cu@jccm.es
Guadalajara: movimientovino-gu@jccm.es
Toledo: movimientovino-to@jccm.es
El Plan de Industrias Agroalimentarias tiene por objeto impulsar el tejido agroindustrial de Castilla-La Mancha.
El Plan de Industrias Agroalimentarias tiene por objeto impulsar el tejido agroindustrial de Castilla-La Mancha, mediante acciones de desarrollo, innovación, modernización y mejora de tecnologías, productos y procesos.
Para alcanzar este fin, este Plan recoge líneas de ayuda dirigidas a la mejora de la transformación y comercialización de los productos procesados en industrias de la región así como un registro de todas las industrias agroalimentarias de Castilla-La Mancha.
El Plan incluye:
- Programa de ayudas FOCAL
- Programa de ayudas a la panadería tradicional
- Programa de ayudas a la pesca y acuicultura
- Programa Registro de Industrias Agroalimentarias (RIA)
- Programa Ayudas Cooperación Desarrollo Nuevos Productos, Procesos y Tecnologías
- Programa VINATI de ayudas a inversiones en el sector vitivinícola
- Programa INNOVA en el sector vitivinícola
Un programa operativo es un instrumento del sector de frutas y hortalizas recogido en la Organización Común de mercados única (OCM), con el que se pretende dotar a las Organizaciones de Productores de frutas y horatlizas (OPFH) de un elemento a través del cual poder plantear distintas actuaciones que permitan alcanzar, a nivel particular y global, los objetivos de la OCM.
Un programa operativo se configura como un conjunto estructurado de medidas, que en función de una situación inicial plantea inversiones durante un periodo de tres a cinco años.
Los programas operativos se dotan económicamente mediante la constitución anual de un fondo financiero denominado Fondo Operativo, que se debe destinar en exclusiva a financiar el contenido de los programas operativos.
Este fondo Operativo se nutre de las contribuciones de los socios o de la propia organización de productores y de una ayuda financiera procedente de fondos comunitarios. Al objeto de orientar hacia perspectivas de futuro los recursos públicos, la normativa establece las condiciones en las que podrán ser utilizados estos recursos.
Según lo anterior, el total de la ayuda financiera se calcula aplicando a cada medida del Programa Operativo el porcentaje máximo de ayuda que le corresponda.
En general, la ayuda financiera comunitaria, se limita al 50% del importe del Fondo Operativo o de los gastos reales efectuados.
Por otra parte, la ayuda financiera comunitaria tiene un límite máximo del 4,1% del Valor de la Producción Comercializada (VPC) de la organización de productores. Este porcentaje puede elevarse hasta el 4,6 siempre y cuando el importe que supere el 4,1% de la VPC se utilice únicamente para medidas de prevención y gestión de crisis.
Las Sociedades Agrarias de Transformación, en adelante S.A.T., son sociedades civiles de finalidad económico-social en orden a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, la realización de mejoras en el medio rural, promoción y desarrollo agrarios y la prestación de servicios comunes que sirvan a aquella finalidad.
Las S.A.T. adquieren personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar con su inscripción en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación.
El Registro de S.A.T. tiene naturaleza administrativa y carácter constitutivo, territorial y único. Tendrá como finalidad, la inscripción de las Sociedades Agrarias de Transformación del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, así como la calificación, inscripción y certificación de sus actos, cuando así lo establezca la normativa vigente.
ACCESO A LOS DATOS DEL REGISTRO DE SOCIEDADES AGRARIAS DE TRANSFORMACIÓN
La relación de S.A.T. inscritas, que no hayan causado baja por disolución, cancelación, transformación en otro tipo de sociedad o traslado fuera del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, se ofrece en el Portal de transparencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, disponible a través del siguiente enlace:
CONTACTO EN LAS DELEGACIONES PROVINCIALES:
Albacete
C/ Tesifonte Gallego, 1
Teléfono: 967 55 85 00
email: registro_sat_ab@jccm.es
Ciudad Real
C/ Alarcos, 21
Teléfono: 926 27 95 00
email: registro_sat_cr@jccm.es
Cuenca
C/ Colón, 2
Teléfono: 969 17 83 00
email: registro_sat_cu@jccm.es
Guadalajara
Avda. del Ejército, 15
Teléfono: 949 88 53 00
email: registro_sat_gu@jccm.es
Toledo
C/ Ocaña, s/n
Teléfono: 925 26 68 00
email: registro_sat_to@jccm.es
El Programa RIA incluye la gestión del Registro de Industrias Agroalimentarias de Castilla-La Mancha, en la que se integran todas las industrias que realizan una actividad agroalimentaria transformando materias primas en productos finales producidos en la región. El Registro debe mantenerse actualizado con el fin de servir como base para el cálculo de estadísticas regionales sobre el tejido agroindustrial y para el análisis de la situación, evolución y perspectivas de futuro del sector.
Los destinatarios de dicho programa serán las industrias agroalimentarias radicadas en Castilla-La Mancha en activo.
A lo largo del tiempo, el concurso Gran Selección se ha consolidado como un referente de garantía de calidad y es el mejor escaparate para los alimentos de la región. Con estos Premios se reconoce la calidad de los siguientes productos, todos ellos incluidos en programas de calidad diferenciada:
- Vino.
- Queso.
- Aceite de Oliva Virgen Extra.
- Miel.
- Azafrán de La Mancha.
- Jamón Serrano.
- Berenjena de Almagro.
- Melón de La Mancha.
- Ajo Morado de Las Pedroñeras.
- Cordero.
- Carne de Caza.
- Pan de Cruz.
- Mazapán de Toledo.
Se ofrece a consumidores y profesionales de la alimentación la plena seguridad de que en su mesa tendrán lo mejor de los alimentos de Castilla-La Mancha.
El concurso se basa en un sistema de puntuaciones otorgadas por un panel de cata que determina la calidad organoléptica de los productos presentados al concurso, otorgándose los premios a los mejores productos de cada una de las categorías, que serán aquellos que hayan obtenido las puntuaciones más altas en el proceso de cata.
Pueden consultarse los premiados de todas las ediciones en el enlace de interés.
Se establece un régimen específico de subvención directa para la financiación de parte de los gastos derivados de la participación de los agricultores, ganaderos e industrias agroalimentarias en los programas de calidad de los productos agroalimentarios. Así mismo, también se financia parte de los gastos de las acciones de promoción e información de estos productos agroalimentarios de calidad, realizadas por las agrupaciones de estos productores.
Participación de los agricultores, ganaderos e industrias agroalimentarias en programas relativos a la calidad diferenciada, auxiliándose las siguientes actuaciones:
1º. Los gastos ocasionados por la inscripción y la participación en el programa de calidad diferenciada.
2º. Los gastos de los controles para la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas en dicho programa de calidad.
La cuantía de la ayuda será como máximo del 60 % de los gastos ocasionados.
El límite de la ayuda, incluidos los gastos de inscripción y participación en los programas y los gastos por los controles realizados por las entidades de control autorizadas, el límite será de 600 euros por beneficiario y año.
La cuantía máxima de la ayuda que podrá concederse por beneficiario será de 3.000 €, durante un periodo máximo de 5 años.
Apoyo a las agrupaciones de productores en actividades de información y promoción de productos de calidad en el mercado interior, hasta un máximo del 70% de los gastos subvencionables y a través de las siguientes acciones:
1º. Acciones promocionales y publicitarias genéricas, así como las acciones de información, difusión de los requisitos, conocimiento científico y técnico.
2º. Asistencia a ferias que tengan un evidente interés comercial y ámbito superior al de una Comunidad Autónoma, salvo si se trata de ferias y exposiciones oficiales de Castilla-La Mancha, con arreglo a la Ley de Actividades Feriales de Castilla-La Mancha.
Gastos subvencionables:
Gastos de las acciones publicitarias en los diversos medios de comunicación, así como la elaboración y distribución de material publicitario y divulgativo (cuadernillos, folletos, carteles, catálogos, notas informativas, artículos publicitarios, monolitos,…) y otras acciones de promoción como catas comentadas, degustaciones, presentaciones públicas o acciones promocionales en los puntos de venta, así como el personal externo contratado específicamente para la actividad promocional.
Asimismo será subvencionable el alquiler de espacios de publicidad, la creación de lemas durante el periodo que dure las acciones publicitarias de productos de calidad diferenciada.
Los productos aportados por los miembros de la agrupación empleados en las campañas de promoción podrán ser considerados como gasto de la acción, valorándose a precios de origen.
Gastos de los estudios de evaluación de los resultados obtenidos con las acciones de información y promoción que realicen las organizaciones de productores que participen en un programa de calidad, cuando estén incluidos como parte de la acción de información y promoción.”
Auxiliándose los gastos de alquiler de suelo, de locales, de maquinaria, de equipos, de vehículos y servicios necesarios para el desarrollo de las mismas, entre ellos los gastos de diseño, montaje y desmontaje de stands, elaboración de muestras y objetos publicitarios.
En la asistencia a ferias, en concepto de bolsa de viaje, únicamente se considera gasto subvencionable el precio de la manutención, alojamiento y del billete de ida y vuelta en medios de transporte público, para una persona, hasta el lugar de la celebración. Se podrá sustituir el transporte público por un único medio privado de locomoción. Los gastos de manutención, alojamiento y de utilización de vehículos particulares tendrán el límite establecido en el Decreto 36/2006, de 4 de abril, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
La ayuda total de mínimos concedida al amparo del Reglamento (CE) 1998/2007 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado de las ayudas a mínimos, no será superior a 200.000 € durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Los destinatarios serán:
- En relación con la medida de participación en programas de calidad diferenciada los agricultores, los ganaderos y las industrias agroalimentarias, ya sean personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes o patrimonio separados, titulares de una explotación agraria o industria agroalimentaria radicada en Castilla-La Mancha e inscritos en los registros correspondientes y, en su caso, tener contratados con entidades de control autorizadas, la realización de la certificación o la inspección del cumplimento de las condiciones establecidas en el programa de calidad diferenciada.
- En relación con la medida de actividades de información y promoción de programas de calidad diferenciada: las agrupaciones de productores que tengan comprendido en su fin u objeto social la representación de los agentes que participan en los citados programas.
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