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Encuentra las actuaciones de Producción Agroalimentaria y Cooperativas
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CerrarLa feria “Alimentaria Barcelona” es un evento de carácter bienal, que se celebra en Barcelona, a la que asisten los principales operadores de la cadena alimentaria nacional e internacional y los decisores de compra de la distribución, el comercio y el sector relacionado con la restauración y la gastronomía en busca de alimentos y bebidas innovadoras y de calidad, abarcando todo tipo de sectores y productos agroalimentarios.
Con el fin de promover la participación de las empresas de Castilla-La Mancha en esta feria, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural convoca ayudas para participar en ella, en virtud de la Orden de 27 de febrero de 2015, de la Consejería de Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de mínimis, de ayudas en especie para la participación agrupada en el stand que contratará la Consejería de Agricultura para la asistencia a las ferias del sector agroalimentario.
CONTACTO
Servicio de Ordenación Alimentaria
C/ Pintor Matías Moreno, 4
45071 Toledo
Email: promocion.alimentaria@jccm.es
Teléfono: 925265593
Programa de ayudas a la innovación en el sector vitivinícola
La medida de innovación, incluida en el programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español, tiene como objetivo subvencionar los proyectos de desarrollo de nuevos productos, procedimientos y tecnologías en el sector vitivinícola.
Las inversiones subvencionables pueden incluir gastos en personal ajeno, instrumental y material, adaptación de instalaciones y otros gastos generales dedicados al proyecto de innovación.
Pueden ser beneficiarias las empresas que, en el momento de la solicitud de ayuda, sean productoras de los productos vitivinícolas y las organizaciones de productores de vino reconocidas, que proyecten el desarrollo de nuevos productos relacionados con el sector del vino o subproductos del vino, o nuevos procedimientos y tecnologías que permitan desarrollar los productos vitícolas, junto con la participación de centros de investigación y desarrollo.
CAMPAÑA 2015-2018
Cada año, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 31 de enero del año siguiente.
Las inversiones no podrán comenzar antes de la presentación de la solicitud de ayuda.
Los proyectos de innovación podrán ser anuales o plurianuales, se irán realizando según el calendario de ejecución aprobado y en cualquier caso deberán finalizar antes del 30 de abril de 2018.
La medida de inversiones, incluida en el programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español, tiene como objetivo subvencionar los proyectos de transformación y comercialización que mejoren el rendimiento de la empresa vitivinícola.
Las inversiones subvencionables pueden incluir gastos en obra civil, maquinaria y bienes de equipo nuevos y gastos generales tales como honorarios de proyectos, vinculados a las inversiones de que se trate.
Pueden ser beneficiarias, la personas físicas o jurídicas titulares de microempresas y pequeñas y medianas empresas, así como las empresas con menos de 750 empleados o cuyo volumen de negocio sea inferior a 200 millones de euros, que produzcan, comercialicen o realicen ambos procesos respecto a los productos que se describen en el anexo VII, parte II del R (UE) 1308/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, que tengan actividad en el momento de presentación de la solicitud o que la inicien con el proyecto presentado. Asimismo, se pueden acoger a esta medida los titulares que inicien su actividad en el ámbito de la comercialización y se comprometan a que al menos el 80 por ciento de su facturación proceda de la comercialización de los productos mencionados.
CAMPAÑA 2014-2018
Cada año, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 31 de enero del año siguiente.
Las inversiones no podrán comenzar antes de la presentación de la solicitud de ayuda, salvo los gastos señalados en el artículo 5, apartado 5 a) y b) de la Orden de 13/01/2014 de la Consejería de Agricultura.
Los proyectos de inversión podrán ser anuales o plurianuales, se irán realizando según el calendario de ejecución aprobado y en cualquier caso deberán finalizar antes del 30 de abril de 2018.
Entre los mecanismos de regulación de los mercados de algunos productos agrarios, se contempla la posibilidad de poner en marcha, para un cierto periodo de tiempo, ayudas para el almacenamiento privado, a fin de regular el exceso de oferta y estabilizar los precios.
El Reglamento (CE) nº 1580/2007 de la Comisión, de 21 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (CE) nº 2200/96, (CE) nº 2201/96 y (CE) nº 1182/2007 del Consejo en el sector de las frutas y hortalizas establece, dentro de los programas operativos, acciones de gestión de crisis por parte de las organizaciones de productores entre las que se incluyen, la no cosecha o cosecha en verde o bien las retiradas del mercado de frutas y hortalizas con diversos destinos:
- Distribución gratuita para Organizaciones caritativas autorizadas por la Comunidad autónoma.
- Alimentación animal, previa autorización a los ganaderos para la recepción de frutas y hortalizas retiradas del mercado.
- Biodegradación y compostaje
- Otros destinos.
Declaración de existencias de vinos, mostos de uva, mostos de uva concentrados y mostos de uva concentrados rectificados.
La Ley 7/2007, de 15 de marzo, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha, publicada en el DOCM de 05/04/2007, establece entre los objetivos para el fomento de la calidad agroalimentaria el contribuir a la promoción de los productos de calidad diferenciada tanto en el mercado interior como en el internacional, así como preservar y revalorizar el patrimonio de los productos agroalimentarios de calidad diferenciada de Castilla-La Mancha.
Con estos Premios se reconoce a productos como el Vino, Queso, Aceite de Oliva Virgen Extra, Miel, Azafrán de La Mancha, Jamón Serrano, Berenjena de Almagro, Melón de La Mancha, Ajo Morado de Las Pedroñeras, Cordero, Carne de Caza y Pan de Cruz de Ciudad Real, ofreciendo a consumidores y profesionales de la alimentación la plena seguridad de que en su mesa tendrán lo mejor de los Alimentos de Castilla-La Mancha.
Mediante Real Decreto 1679/1999, de 29 de octubre (BOE nº 276, de 18-11-99), se fijaron las normas básicas reguladoras de los concursos oficiales y oficialmente reconocidos de vinos a celebrar en el territorio del Estado Español, que resultan de aplicación tanto a su convocatoria y organización como a la concesión de distintivos y su posterior utilización.
Con arreglo a lo dispuesto en el citado Real Decreto, los concursos oficiales deben ser convocados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se celebren y su convocatoria debe recoger las bases del concurso y ser publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente. Dado que se trata de una misma convocatoria, y aunque la publicación en el Diario Oficial sólo constituya un requisito reglamentario en el caso de los vinos, se considera que la divulgación de las bases de todos los productos que concurren a este concurso debe realizarse de forma unitaria.
Informe realizado por el Observatorio Español del Mercado del vino sobre las exportaciones de vino de Castilla-La Mancha.
De conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2018/273, de la Comisión, de 11 de diciembre de 2017 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, el registro vitícola, los documentos de acompañamiento, la certificación, el registro de entradas y salidas, las declaraciones obligatorias, las notificaciones y la publicación de la información notificada, y por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los controles y sanciones pertinentes, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 555/2008, (CE) n.o 606/2009 y (CE) n.o 607/2009 de la Comisión y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 436/2009 de la Comisión y el Reglamento Delegado (UE) 2015/560 de la Comisión, cada operación de transporte de productos vitivinícolas efectuada entre viticultores, cosecheros de uva, productores, transformadores, embotelladores o comerciantes, o entre ellos y los minoristas, estará cubierta por un documento de acompañamiento.
En cuanto a los documentos de acompañamiento de los productos vitivinícolas no sometidos a impuestos especiales (código MVV), deben ser informatizados. Para ello, en los transportes que se inicien en el territorio en Castilla-La Mancha, se ha diseñado la aplicación informática denominada GELIBO web, que permite efectuar la presentación de los citados documentos y realiza las comunicaciones a las autoridades competentes de forma automática.
Estas disposiciones están reguladas en la Orden de 128/2021, Orden 128/2021, de 31 de agosto, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establecen las disposiciones de aplicación relativas a los documentos que acompañan al transporte de productos vitivinícolas.
CONTACTO
Albacete: movimientovino-ab@jccm.es
Ciudad Real: movimientovino-cr@jccm.es
Cuenca: movimientovino-cu@jccm.es
Guadalajara: movimientovino-gu@jccm.es
Toledo: movimientovino-to@jccm.es
El Plan de Industrias Agroalimentarias tiene por objeto impulsar el tejido agroindustrial de Castilla-La Mancha.
El Plan de Industrias Agroalimentarias tiene por objeto impulsar el tejido agroindustrial de Castilla-La Mancha, mediante acciones de desarrollo, innovación, modernización y mejora de tecnologías, productos y procesos.
Para alcanzar este fin, este Plan recoge líneas de ayuda dirigidas a la mejora de la transformación y comercialización de los productos procesados en industrias de la región así como un registro de todas las industrias agroalimentarias de Castilla-La Mancha.
El Plan incluye:
- Programa de ayudas FOCAL
- Programa de ayudas a la panadería tradicional
- Programa de ayudas a la pesca y acuicultura
- Programa Registro de Industrias Agroalimentarias (RIA)
- Programa Ayudas Cooperación Desarrollo Nuevos Productos, Procesos y Tecnologías
- Programa VINATI de ayudas a inversiones en el sector vitivinícola
- Programa INNOVA en el sector vitivinícola
Un programa operativo es un instrumento del sector de frutas y hortalizas recogido en la Organización Común de mercados única (OCM), con el que se pretende dotar a las Organizaciones de Productores de frutas y horatlizas (OPFH) de un elemento a través del cual poder plantear distintas actuaciones que permitan alcanzar, a nivel particular y global, los objetivos de la OCM.
Un programa operativo se configura como un conjunto estructurado de medidas, que en función de una situación inicial plantea inversiones durante un periodo de tres a cinco años.
Los programas operativos se dotan económicamente mediante la constitución anual de un fondo financiero denominado Fondo Operativo, que se debe destinar en exclusiva a financiar el contenido de los programas operativos.
Este fondo Operativo se nutre de las contribuciones de los socios o de la propia organización de productores y de una ayuda financiera procedente de fondos comunitarios. Al objeto de orientar hacia perspectivas de futuro los recursos públicos, la normativa establece las condiciones en las que podrán ser utilizados estos recursos.
Según lo anterior, el total de la ayuda financiera se calcula aplicando a cada medida del Programa Operativo el porcentaje máximo de ayuda que le corresponda.
En general, la ayuda financiera comunitaria, se limita al 50% del importe del Fondo Operativo o de los gastos reales efectuados.
Por otra parte, la ayuda financiera comunitaria tiene un límite máximo del 4,1% del Valor de la Producción Comercializada (VPC) de la organización de productores. Este porcentaje puede elevarse hasta el 4,6 siempre y cuando el importe que supere el 4,1% de la VPC se utilice únicamente para medidas de prevención y gestión de crisis.
Las Sociedades Agrarias de Transformación, en adelante S.A.T., son sociedades civiles de finalidad económico-social en orden a la producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales, la realización de mejoras en el medio rural, promoción y desarrollo agrarios y la prestación de servicios comunes que sirvan a aquella finalidad.
Las S.A.T. adquieren personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar con su inscripción en el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación.
El Registro de S.A.T. tiene naturaleza administrativa y carácter constitutivo, territorial y único. Tendrá como finalidad, la inscripción de las Sociedades Agrarias de Transformación del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, así como la calificación, inscripción y certificación de sus actos, cuando así lo establezca la normativa vigente.
ACCESO A LOS DATOS DEL REGISTRO DE SOCIEDADES AGRARIAS DE TRANSFORMACIÓN
La relación de S.A.T. inscritas, que no hayan causado baja por disolución, cancelación, transformación en otro tipo de sociedad o traslado fuera del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, se ofrece en el Portal de transparencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, disponible a través del siguiente enlace:
CONTACTO EN LAS DELEGACIONES PROVINCIALES:
Albacete
C/ Tesifonte Gallego, 1
Teléfono: 967 55 85 00
email: registro_sat_ab@jccm.es
Ciudad Real
C/ Alarcos, 21
Teléfono: 926 27 95 00
email: registro_sat_cr@jccm.es
Cuenca
C/ Colón, 2
Teléfono: 969 17 83 00
email: registro_sat_cu@jccm.es
Guadalajara
Avda. del Ejército, 15
Teléfono: 949 88 53 00
email: registro_sat_gu@jccm.es
Toledo
C/ Ocaña, s/n
Teléfono: 925 26 68 00
email: registro_sat_to@jccm.es
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